domingo, 10 de julio de 2011

Evaluar las políticas públicas. Una aclaración que parece necesaria

Me ha sorprendido recibir, pocas horas después de publicarlo, tres comentarios sobre la anterior entrada de este blog titulada Evaluación pública frente a estudios "fools". Es poco habitual tener una reacción a un artículo del blog y que sea tan rápida. Dos de los comentarios manifiestan su conformidad con las reflexiones realizadas, considerando que la evaluación de las políticas públicas forma parte del cambio que la sociedad está exigiendo hoy en el quehacer político. El tercer comentario expone “no entiendo ni veo qué quieres decir”. Hago, pues, un nuevo intento.

Es habitual que las reflexiones aportadas en este blog sean breves y se limiten a señalar puntos débiles o críticos de algunas políticas, actuaciones o programas; que apunten propuestas sobre políticas, actuaciones o programas a llevar a cabo; que valoren sucintamente políticas, actuaciones o programas. Es posible que, a veces, sean demasiado breves y, por ello, resulten crípticas. Al fin y al cabo se trata de un blog. Sin embargo, no me lo parece en el caso de dicho artículo: sencillamente, manifiesto mi visión negativa sobre cualquier evaluación “sacada de la manga” (es decir, sin que se expliquen los parámetros, indicadores, bases de datos utilizadas, etc.), es decir, evaluaciones que son más bien la expresión de emociones. Manifestaciones de parte, en resumen.

Asimismo, el referido artículo defiende la necesidad (viene a exigir) de que existan evaluaciones realizadas desde lo público y con criterios públicos de las políticas, actuaciones o programas llevadas a cabo en beneficio de lo público. Y las políticas de formación para el empleo son, a mi entender, exactamente eso: políticas de formación destinadas a favorecer el aumento y la mejora del empleo.

Pese a la existencia de algunos organismos públicos de evaluación (por ejemplo, la AEVAL, Agencia Española de Evaluación y Calidad), en España nos encontramos en mantillas por lo que a la evaluación de políticas públicas se refiere. Dicha evaluación debería ser una acción de Estado, con rendimiento de cuentas parlamentario y con retroalimentación obligada de las políticas, sobre la base de los resultados de la evaluación realizada. No es nuestro caso. Es más, no existe una “ley marco” que regule la obligatoriedad de la evaluación y el consiguiente rendimiento de cuentas público de las políticas, actuaciones o programas llevados a cabo desde lo público. Habituados como solemos ser a imitar a otros países del entorno, bien podríamos aprender de las regulaciones de las que se han dotado otros próximos sobre la evaluación de políticas públicas (Francia o los Estados Unidos, por ejemplo).

Considero que la evaluación de políticas públicas tiene una dimensión doble: la cuantitativa mide los efectos de la actuación pública, comparando sus resultados en relación con los objetivos asignados y los recursos aportados; la dimensión cualitativa juzga la pertinencia de los objetivos, su eficacia, su impacto y la futura sostenibilidad. Todo ello con el fin de, si fuera necesario, retroalimentar y aportar argumentos en el proceso de toma de decisiones sobre la continuidad y los contenidos de las políticas, actuaciones o programas llevados a cabo.

Académicamente dicho, la evaluación de una política pública tiene como objetivo investigar si los medios jurídicos, administrativos y financieros aportados en una actuación o programa público han producido los efectos esperados y han alcanzado los objetivos inicialmente asignados. En este sentido, la evaluación de una política pública es una tarea complementaria de la inspección, destinada más a auditar y controlar.

Una evaluación pública así concebida debería regirse por seis criterios principales: pertinencia, coherencia, eficacia, eficiencia, impacto y sostenibilidad. No entraré aquí a analizar cada uno de estos criterios y a detallar qué comporta cada uno de ellos. Cualquier manual de evaluación (y, especialmente, de evaluación de políticas públicas) puede ser útil para llevar a cabo dicho análisis y detalle.

Por todo ello, vuelvo a reivindicar que, en momentos como el actual, en que el Estado español se enfrenta a la necesidad y exigencia de reformar y evolucionar sus estructuras y su organización, la evaluación debería ser llamada a jugar un papel clave. Y, más concretamente (volviendo al tema de la evaluación de las políticas de formación para el empleo), en un momento como el actual, es urgente que la evaluación de las políticas destinadas a mejorar la ocupabilidad de los españoles y las españolas – en este caso, las políticas de formación para el empleo - se lleve a cabo de manera pública, con los criterios que toda evaluación de política pública debe reunir, y no se deje en manos de entidades privadas que negocian con la formación para el empleo.