martes, 31 de agosto de 2010

Autonomía de centros educativos: el currículo

En un artículo anterior del blog aporté algunas reflexiones sobre la autonomía de los centros educativos y la responsabilidad que ésta comporta tanto para los gestores de la política educativa general como para los miembros de los equipos directivos y para el propio profesorado. Una vez publicado en Cataluña el decreto de autonomía de centros educativos, que afecta a “los centros públicos y […] privados […] sostenidos total o parcialmente con recursos públicos”, trato de aportar nuevas reflexiones sobre el tema, referidas en este caso al ámbito del currículo.
Antes, sin embargo, de entrar en harina, considero que conviene señalar que, cuando se habla de autonomía, no se hace referencia a una autonomía total y absoluta e, igualmente, es importante recordar que cualquier grado de decisión en el ámbito de la autonomía supone ajustarse y respetar el marco normativo, de una parte, y no poner en riego los intereses generales del sistema, de otra. Por otro lado, es bueno tener presente que transferir a los centros la capacidad de decidir individualmente puede generar diferencias substanciales entre unos y otros, según en qué sentido adopten sus decisiones, poniendo en riesgo la coherencia, los intereses generales y los principios básicos del sistema. De ahí que estas reflexiones tengan un cierto carácter de aviso preventivo para navegantes, los patrones del barco y la marinería.
La posibilidad de que cada centro decida sobre aspectos de su propio currículo abre la puerta a la “especialización curricular”, a que ciertos centros puedan optar por un determinado itinerario académico y, gracias a su atracción, seleccionar a su alumnado. Pensemos en centros que optasen por realizar ofertas académicas dirigidas a los estudios o profesiones de mayor prestigio y éxito social o económico, automáticamente, se convertirían en centros de élite – como ya se produce en las universidades privadas -. Por otro lado, estos centros podrían definir perfiles de entrada, eligiendo su alumnado, y dejarían para otros centros, sin dichas posibilidades o regidos por criterios de equidad e igualdad de oportunidades, la escolarización “del resto del alumnado”. Inevitablemente, se aumentaría gravemente la dualidad de la red actualmente existente: centros de élite y centros asistenciales.
Es más, si cada centro decide su propio currículo sin tener en cuenta las decisiones de los centros vecinos (actualmente, a veces, son incapaces de ponerse de acuerdo los centros de un mismo municipio para marcar las fiestas de libre disposición) se perdería la cohesión del sistema y las administraciones educativas no podrían disponer de una imprescindible programación equilibrada de la oferta educativa en cada zona de escolarización. Cuando las decisiones sobre el currículo son adoptadas individualmente por cada centro, ¿qué garantía tiene el sistema educativo de que en una determinada zona escolar la suma de las decisiones de los centros es coherente y la oferta educativa es suficiente? No podemos olvidar que, hasta el momento, en la pequeña autonomía de que disponen los centros para completar el currículo (materias optativas o de diseño propio) las decisiones se adoptan, en muchas ocasiones, por intereses corporativos de la plantilla o de los departamentos, por encima de interés pedagógicos o de planificación de la oferta.
Parece que las prevenciones establecidas por el Decreto de autonomía de centros educativos son insuficientes para asegurar la coherencia necesaria en la planificación curricular y la cohesión del sistema. Es cierto que el artículo 5.1,c) del repetido Decreto establece que “el centro ha de mantener la concreción de los currículos a disposición de la Administración educativa a fin de que ésta pueda comprobar su ajuste a los mínimos curriculares…”. ¿Quién, cómo, de qué manera se comprueba, qué plazos se da la Administración para corregir los posibles desajustes? Y, una vez comprobado, qué, si el currículo ya está vigente y se ha realizado toda la organización del centro, se están impartiendo las enseñanzas, el alumnado sigue una determinada programación, etc., etc., etc. ¿Habrá que esperar el resultado de la evaluación externa de la Agencia de Evaluación? Si es así, lejos me lo fiáis, pues.

Tal vez pueda parecer que pongo palos a la rueda de la autonomía curricular de los centros. Lejos de mí tamaña osadía. Creo firmemente en la necesidad y conveniencia de dicha autonomía (y de muchas otras). Tan sólo me limito, como he indicado anteriormente, a realizar un aviso para navegantes. Y estoy convencido de que, como en tantos otros aspectos, el patrón del barco tiene aquí una responsabilidad principal. Ha de tener siempre presente el principio de subsidiariedad que compromete a estar presente en todo momento apoyando y prestando ayuda, soporte técnico y guiando a cada centro educativo.