domingo, 25 de marzo de 2012

La normativa que regula la reforma laboral como buena práctica de ingeniería jurídica

De la misma manera que tenemos café sin cafeína o cerveza sin alcohol, ahora disponemos de una norma que está destinada a crear empleo pero que “no creará empleo” (Mariano y sus virreyes, dicen). La norma que reforma el mercado laboral utiliza una terminología falsa destinada a mistificar nuestra percepción y hacernos pensar lo que realmente no es, empezando por el mismo título dado que con ella no se reforma el mercado laboral.

El lenguaje jurídico es, generalmente, creativo dado que genera normas, actos administrativos, sentencias… Como todo lenguaje especializado, dispone de terminología propia, aunque con un cierto nivel de complejidad iniciática. No en balde se trataba, originariamente en el mundo romano, de un lenguaje sacerdotal: el pontífice máximo era sacerdote y jurista. Por otro lado, además de incorporar elementos creativos representa una cierta forma autoritaria de ejercicio del poder.

El real decreto ley que reforma el mercado laboral encarna, sobre todo, este último aspecto y, desde el punto de vista creativo es, ante todo, “un excelente ejercicio de ingeniería creativa jurídica” (profesor Pérez Amorós, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Autónoma de Barcelona-UAB), como la ingeniería creativa económica, fiscal, contable… Y, siguiendo con la proximidad a lo religioso, el profesor afirma que la repetida norma es “el Concilio de Trento” de las relaciones laborales, por su lenguaje excesivamente neoliberal y que nos retrotrae al siglo XIX. Se trata de una norma intervencionista, que no respeta los pactos sociales, que cambia el modelo de negociación colectiva reduciéndola a negociación individual.

La norma convierte a los empresarios en emprendedores, alarga los períodos de prueba hasta un año, manifiesta su carácter penalista frente a los trabajadores que son declarados malos por naturaleza, abusa del derecho comparado que amolda según los intereses del partido gobernante, retuerce y maltrata la negociación colectiva hasta el punto de provocar la ruptura del pacto social existente durante años.

En una conferencia impartida en el marco de las jornadas sobre “Crisis, empleo y cambio social en el Sur de Europa” (Institut d’Estudis del Treball de la UAB), el profesor Pérez Amorós ha tirado de proverbio para explicar la falsedad jurídica de la norma: “ha dicho media verdad, cuando diga la otra media, descubriremos que ha dicho dos mentiras”.